LA CONCILIACIÓN
¿Qué
es?
Es un
mecanismo de solución de conflictos a través del cual, dos o más personas
gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un
tercero neutral y calificado, denominado conciliador.
¿Es la conciliación un acto jurídico?
Si, ya
que en ella intervienen sujetos con capacidad jurídica y distintos intereses y
en donde su consentimiento y voluntad están dirigidos directamente a dar por
terminada una obligación o una relación jurídica, a modificar un acuerdo
existente o a crear situaciones o relaciones jurídicas nuevas que beneficien a
ambas partes.
¿Sabes cuáles son las partes de la conciliación?
1. El solicitante o citante: es la persona
que solicita la audiencia de conciliación.
2. El citado o solicitado: es la
persona llamada a comparecer a la audiencia
de conciliación
3. El conciliador: es un tercero neutral
y calificado que ayuda a resolver las diferencias. Es la persona autorizada por
la ley para que intervenga como mediador en un conflicto de intereses,
proponiendo una opción amigable. Es decir, que el conciliador se limita a
presentar fórmulas de solución, además de presenciar y registrar el acuerdo al
que lleguen las partes.
¿Conoces cual es el procedimiento que se aplica en la
conciliación?
1. Apertura: este es el primer momento de la
conciliación, en donde se reúnen las partes, se explica cómo se va desarrollar
el procedimiento, con el fin de que las reglas queden claras.
2. Identificación del
conflicto: lo que se debe hacer es
oír a las partes, con el fin de
que cada una exponga las razones que
tiene, a partir de ello cada una
de las partes expone sus intereses.
3. Negociación: es donde cada una de las
partes debe interactuar, de manera tal que la negociación sea lo
suficientemente mediada para poder resolver el conflicto.
4. Acuerdo: es la
solución concreta a la que han llegado
las partes, en esta etapa se debe
suscribir un acta (fecha, hora, lugar,
intervinientes, hechos y el acuerdo logrado).
Podemos decir que la
conciliación es una manera de resolver de manera directa y amistosa los
conflictos que surgen de una relación contractual o que involucre la voluntad
de las partes, con la colaboración de un tercero llamado conciliador, de esta
manera se da por terminadas sus diferencias, suscribiendo lo acordado en un
acta conciliatoria.
Tomado de: https://conciliacion.gov.co/portal/conciliacion/conciliacion-definicion y de la cartilla semana 7 habilidades para la negociación y el
manejo del conflicto (la
conciliación).
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